En este fragmento, Jürgen Habermas se refiere al contraste entre la mirada liberal y comunitaria sobre la ciudadanía. En la filosofía del derecho existen dos posturas contrarias que compiten en la interpretación de esa ciudadanía activa. En la tradición liberal que nace con Locke se ha cristalizado una comprensión individual instrumentalista del rol del ciudadano; en la tradición de la teoría del Estado que se remonta hasta Aristóteles lo ha hecho, por el contrario, una interpretación ético comunitarista del mismo. En un caso, la ciudadanía es concebida según el modelo de la pertenencia a una organización por la que se crea una situación jurídica; en el otro, según el modelo de la participación en una comunidad ético-cultural que se autodetermina. En una lectura, los individuos se mantienen al margen del Estado, a cuya reproducción contribuyen con determinadas aportaciones -en la forma de votos e impuestos-. En la otra, los ciudadanos se integran en la comunidad política como las partes en el todo, de manera que solo pueden construir su identidad personal y social bajo el horizonte de las tradiciones comunes y de las instituciones políticas reconocidas. Habermas, J. (1998). Facticidad y validez. Madrid: Trotta.

a). ¿Qué diferencias tienen ambas perspectivas acerca de la ciudadanía? Justifica a partir del recurso. .

b) ¿En qué difiere el republicanismo de las posturas que menciona la fuente?​