¿Nuestra opinión cuenta cuando se elaboran leyes? Patricia y su hermano Miguel son muy unidos. Ella está en cuarto de secundaria, mientras que Miguel, que ya tiene 20 años, estudia en un instituto técnico y trabaja en una tienda de repuestos de electrodomésticos. Un día, mientras veían las noticias junto con su madre, Angélica, se enteraron de que acababa de aprobarse la nueva Ley de Régimen Laboral Juvenil del Perú (Ley 30288). Según esta norma, todos los jóvenes entre 18 y 24 años de edad podrán acceder a un trabajo formal y con derechos laborales reconocidos por el Estado. No obstante, también se recortaban algunos derechos, como el de recibir CTS, gratificaciones y utilidades. La mamá de Miguel lo miró preocupada: "Hijo, aunque quieran promover la formalización del empleo juvenil, es una lástima que lo hagan a costa de recortar derechos laborales fundamentales". Patricia no decía nada, pero se encontraba preocupada por su hermano. Miguel trató de calmarlas. "No creo que los jóvenes acepten tan fácilmente esta ley. La ciudadanía puede opinar sobre los asuntos públicos y expresarse sin alterar la institucionalidad democrática; al contrario, al hacerlo la fortalece", dijo. Días después, y luego de masivas manifestaciones de la ciudadanía organizada, el Congreso derogó la ley. Patricia se quedó más tranquila y pensó en lo que había dicho Miguel días antes. "Es cierto. Cuando nuestra opinión no es tomada en cuenta, la institucionalidad democrática se debilita. Pero cuando la ciudadanía organizada se manifiesta y participa del debate público, la democracia se fortalece". LEY 30288 CTS Gratificación Utilidades fad. das ¿Qué opinas de la norma planteada? ¿Consideras que las manifestaciones fueron determinantes para su derogatoria? ¿Por qué?​