Juan y María invaden un terreno en el año 1990 que le pertenece a Miguel por estar inscrito en registros públicos a su nombre, pasa el tiempo y del usufructo nace su hija de Juan y María en el año 2000 quien es Sandra, hasta el día de hoy, el propietario inscrito Miguel, no toma interés sobre la propiedad, por lo que Juan, María y Sandra vienen viviendo de forma pública pacifica e ininterrumpida.

PREGUNTA:

Que actos procesales podrá hacer Sandra, argumenta debidamente

Respuesta :

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