“Según el decreto 015 de 2011, en concordancia con la ley 137 de 1994 y en desarrollo de lo dispuesto
en el Decreto 4580 de 2010, en Colombia los límites de velocidad para los vehículos en el interior de las ciudades
son de 80 km/h. En zonas escolares, está prohibido que las velocidades superen los 30 km/h. Sin embargo, en
vías de doble calzada y en rectas como la que hay en Palmira, Valle del Cauca, la velocidad permitida puede
alcanzar los 100 km/h.”

con explicacion ayuda pliss

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