La muralla era tambien una barrera jurídica. Los que vivían detrás de ella gozaban de un determinado estatus, del que carecían los que habitaban en el exterior. Cruzar las puertas de la ciudad suponían entrar en un ámbito jurisdiccional distinto de lo que se derivaba, como mínimo, la necesidad de pagar unos tributos. Las puertas eran, por lo tanto, centros de percepción fiscal. De ahí el interés de los gobiernos municipales en vigilarlas, cuidando su cierre nocturno, y procurando evitar que hubiera brecas en la cerca, pues por ellas podía entrar gente que escapase a las imposiciones establecidas.
1. De acuerdo al texto anterior, se puede inferir que:
a. Los individuos lograban estatus al vivir en el interior de las murallas.
b. La vigilancia por parte de los gobiernos
municipales fue prioritario.
c. La ubicación espacial de los individuos
determinaba deberes y derechos.
d. Los gobiernos evitaban que las personas escapasen de las imposiciones.