• Derecho a vivir en familia
• Derecho a no ser discriminado
• Derecho a la vida libre de violencia
• Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad
• Derecho a la educación
• Derecho al descanso y esparcimiento
• Derecho a la libertad de expresión y acceso a información
Necesito las definiciones de cada uno doy 20 pts el que conteste algo que no tenga razón lo reporto

Respuesta :

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Derecho a vivir en familia:

Las niñas, niños y adolescentes cuyas familias estén separadas, tendrán derecho a convivir o mantener relaciones personales y contacto directo con sus familiares de modo regular, excepto en los casos en que el órgano jurisdiccional competente determine que ello es contrario al interés superior de la niñez.

Derecho a no ser discriminado: Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en la Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad: La inclusión social promueve el respeto a las diferencias individuales de cada niño y niña con discapacidad en aulas regulares y el derecho de participar en condiciones iguales sin importar raza, sexo, cultura o discapacidad como respeto a la diversidad.

Derecho a la educación: La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir.

Derecho al descanso y esparcimiento: Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al descanso, al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad, así como a participar libremente en actividades culturales, deportivas y artísticas, como factores primordiales de su desarrollo y crecimiento.

Derecho a la libertad de expresión y acceso a información: Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

Espero te halla ayudado dame coronita plis

Respuesta:

C. Derecho a la identidad

Explicación:

ESPERO AYUDE

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