Respuesta :

Respuesta:

III. ARISTÓTELES

LA TEORÍA clásica de las formas de gobierno es la expuesta por Aristóteles (384-322 a.C.) en la

Política, tan es así que dicha teoría ha sido repetida durante siglos sin grandes variaciones. También en este

caso Aristóteles parece haber fijado para siempre algunas categorías fundamentales de las que nosotros,

herederos, continuamos sirviéndonos para comprender la realidad. La Política está dividida en ocho libros,

de los cuales dos –el tercero y el cuarto– están dedicados a la descripción y a la clasificación de las formas de

gobierno (el primero trata del origen del Estado; el segundo critica las teorías políticas anteriores,

especialmente la platónica; el quinto aborda los cambios de las constituciones, o sea, el paso de una forma de

gobierno a otra; el sexto se aboca en particular a las diversas formas de democracia y oligarquía, que son las

dos formas de gobierno en las que Aristóteles se detiene con mayor atención en toda la obra; en el séptimo y

el octavo escribe sobre la mejor forma de constitución).

El término que Aristóteles usa para indicar lo que hasta entonces se llamaba “forma de gobierno” es

politéia, que habitualmente es traducido como “constitución”. Para apegarme al uso hablaré en este capítulo

de “constituciones”. Lo primero que debe resaltarse es que en la Política hay muchas definiciones de

“constitución” de las que conviene partir. Una de ellas se encuentra en el tercer libro:

La constitución es la estructura que da orden a la ciudad estableciendo el funcionamiento de todos los

cargos y sobre todo de la autoridad soberana (1278 b).

La traducción que utilizo (la de C. A. Viano, publicada en la colección “Classici politici” de la Utet,

1955)1

quizá sea un poco redundante. Aristóteles se limita a decir que la constitución, la politéia, es “tàxis

tõn archõn”, es decir, “ordenamiento de las magistraturas” (o con otra expresión, de los “cargos públicos”).

Una definición de este tipo corresponde grosso modo a lo que nosotros hoy entendemos por “constitución”.

(Digo grosso modo porque en la actualidad en una constitución ponemos algo más.) Cuando hablamos de la

constitución italiana, francesa o china, lo hacemos de la ley fundamental de un Estado, es decir, de las leyes

que establecen cuáles son los órganos del Estado, cuáles sus funciones ' cuáles sus relaciones recíprocas, etc.

En suma, para decirlo como Aristóteles, el “ordenamiento de las magistraturas”.

Aristóteles no se cansa de llamar la atención del lector respecto a que hay muchas constituciones

diferentes y en consecuencia una de las primeras tareas del estudioso de la política es describirlas y

clasificarlas. Aristóteles aborda el problema en el § 7 del tercer libro, en un pasaje que por su importancia

histórica debe citarse completo:

Ya que constitución y gobierno significan lo mismo y el órgano de gobierno es el poder soberano de la ciudad,

es necesario que el poder soberano sea ejercido por una persona o unos pocos o la mayoría. Cuando el uno,

pocos o la mayoría ejercen el poder en vista del interés general, entonces forzosamente esas constituciones

serán rectas, mientras que serán desviaciones los que atienden al interés particular de uno, de pocos o de la

mayoría [...] Tenemos la costumbre de llamar monarquía al gobierno unipersonal que atiende al interés

general, y aristocracia al gobierno de pocos [...] cuando se propone el bien común; cuando es el mayor número

el que gobierna atendiendo al interés general recibe el nombre común a todas las constituciones politia [...] Las

degeneraciones de las mencionadas formas de gobierno son: la tiranía de la monarquía, la oligarquía de la

aristocracia, y la democracia de la política. La tiranía, en efecto, es una monarquía orientada hacia el interés

del monarca, la oligarquía hacia el de los ricos y la democracia hacia el interés de los pobres. Pero ninguna de

ellas atiende al provecho de la comunidad (1279 a-b).

Son pocos renglones pero en ellos está presente con gran concisión y simplicidad la célebre teoría de

las seis formas de gobierno. Es evidente que esta tipología es producto del uso simultáneo de los dos criterios

fundamentales de quién gobierna y cómo gobierna. Si se toma en cuenta quién, las constituciones se

distinguen según si el poder del gobierno reside en una sola persona (monarquía), en pocas personas

(aristocracia) o en muchas (politia). Con base en el criterio de cómo, las constituciones son buenas o malas, y

como consecuencia a las tres primeras formas buenas se contraponen y se agregan las tres malas (o sea, la

tiranía, la oligarquía y la democracia). La simplicidad y la claridad de esta tipología son de tal naturaleza que

no sería necesario ningún comentario si no fuese para hacer una consideración terminológica. “Monarquía”,

propiamente, significa gobierno de uno solo, mas en la tipología aristotélica quiere decir gobierno bueno de

Explicación: