Respuesta :

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Explicación:El artículo 40 de la Constitución de la República de Honduras establece lo siguiente:

"El Estado garantiza la protección de la persona humana desde el momento de la concepción."

Este artículo reconoce y garantiza la protección de la persona humana desde el inicio de su existencia, es decir, desde el momento de la concepción. Esto implica un reconocimiento del derecho a la vida desde el momento de la concepción y establece una protección especial para el no nacido dentro del marco legal hondureño.

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