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Edad mínima para ser senador y diputado en Chile en 1822

En la Constitución de 1822, la primera Carta Magna de Chile independiente, no se establecía una edad mínima específica para ser senador o diputado.

Sin embargo, sí se establecían algunos requisitos generales que, en la práctica, impedían que personas menores de edad asumieran estos cargos:

Requisitos para ser senador:

Ser chileno por nacimiento o por naturalización.

Tener 30 años de edad.

Poseer un patrimonio líquido de 2.000 pesos.

Saber leer y escribir.

No estar inhabilitado políticamente.

Requisitos para ser diputado:

Ser chileno por nacimiento o por naturalización.

Tener 25 años de edad.

Poseer un patrimonio líquido de 500 pesos.

Saber leer y escribir.

No estar inhabilitado políticamente.

Consideraciones adicionales:

Contexto histórico: En 1822, la mayoría de edad en Chile se consideraba a los 25 años.

Falta de especificación: La ausencia de una edad mínima explícita para ser senador o diputado puede deberse a que se asumía que los requisitos generales establecidos (como la mayoría de edad y la posesión de un patrimonio) ya excluían a las personas menores de edad.

En resumen, si bien la Constitución de 1822 no establecía una edad mínima específica para ser senador o diputado, los requisitos generales que se exigían para estos cargos impedían, en la práctica, que personas menores de edad asumieran estos puestos.