Respuesta:
Edad mínima para ser senador y diputado en Chile en 1822
En la Constitución de 1822, la primera Carta Magna de Chile independiente, no se establecía una edad mínima específica para ser senador o diputado.
Sin embargo, sí se establecían algunos requisitos generales que, en la práctica, impedían que personas menores de edad asumieran estos cargos:
Requisitos para ser senador:
Ser chileno por nacimiento o por naturalización.
Tener 30 años de edad.
Poseer un patrimonio líquido de 2.000 pesos.
Saber leer y escribir.
No estar inhabilitado políticamente.
Requisitos para ser diputado:
Ser chileno por nacimiento o por naturalización.
Tener 25 años de edad.
Poseer un patrimonio líquido de 500 pesos.
Saber leer y escribir.
No estar inhabilitado políticamente.
Consideraciones adicionales:
Contexto histórico: En 1822, la mayoría de edad en Chile se consideraba a los 25 años.
Falta de especificación: La ausencia de una edad mínima explícita para ser senador o diputado puede deberse a que se asumía que los requisitos generales establecidos (como la mayoría de edad y la posesión de un patrimonio) ya excluían a las personas menores de edad.
En resumen, si bien la Constitución de 1822 no establecía una edad mínima específica para ser senador o diputado, los requisitos generales que se exigían para estos cargos impedían, en la práctica, que personas menores de edad asumieran estos puestos.