Respuesta :

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Contribución Forzosa del Estado, Patronos y TrabajadoresC: La ley establece una contribución forzosa del Estado, patronos y trabajadores para proteger a estos contra los riesgos de enfermedad, invalidez, maternidad, vejez, muerte y otras contingencias determinadas por la ley. Cada individuo contribuye económicamente en forma proporcional a sus ingresos para el financiamiento de los servicios de salud que otorga la CCSS

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Institución Autónoma y Tripartita: La CCSS fue creada como una institución autónoma del Estado, destinada a la atención del sector de la población obrera y mediante un sistema tripartito de financiamiento, involucrando al Estado, patronos y trabajadores en su financiamiento

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Servicios Brindados: La CCSS brinda servicios como asistencia médica general, especializada y quirúrgica, subsidios en dinero, servicios de farmacia, laboratorio, odontología y prestaciones sociales. Además, se encarga del sistema de pensiones del régimen no contributivo, con el fin de dar protección a las personas de bajos recursos

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Autonomía y Protección de Fondos: La ley establece que la CCSS es una institución autónoma y que sus fondos y reservas no pueden ser transferidos ni empleados en finalidades distintas de las que motivaron su creación. Además, la CCSS no está sometida a órdenes, instrucciones, circulares ni directrices emanadas del Poder Ejecutivo o la Autoridad Presupuestaria en materia de gobierno y administración de los seguros, sus fondos ni reservas

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Explicación: