Respuesta :

Respuesta:

Abigeato

Explicación:

El abigeato, o robo de ganado, está contemplado específicamente en el Código Penal de Guanajuato en su Artículo 20

Uno de los delitos que no se encuentra específicamente regulado en el Código Penal Federal de México pero sí está contemplado en el Código Penal del Estado de Guanajuato es el delito de "brujería".

En el Código Penal de Guanajuato, el artículo 208 contempla sanciones para quienes practiquen la brujería o el curanderismo sin el consentimiento expreso de las personas a quienes se les practica o si se les causa algún daño. Esta tipificación no se encuentra de manera explícita en el Código Penal Federal.