La empresa Castillos S.A., ha presentado una solicitud de prescripción con fecha 03 de Julio de 2024, para que se declare la prescripción de la recaudación de las deudas tributarias por Impuesto a la Renta del ejercicio 2018, 2019 y 2020. Como resolutora del área encargada de atender este tipo de solicitudes, emite requerimiento de información sobre las acciones de cobranza efectuadas, observando la siguiente información: Se inició cobranza coactiva por Impuesto a la Renta del 2018 con fecha 04 de julio de 2019, la misma que fue notificada al día siguiente, verificándose que posteriormente se le acumuló el expediente de cobranza coactiva iniciado por Impuesto a la Renta 2019, que inició con fecha 20 de agosto de 2020. La acumulación de los expedientes señalados se efectuó el 21 de octubre de 2020. Asimismo, se verifica que se trabaron las medidas de retención bancaria por el primer expediente con fecha 16 de julio de 2019, la misma que fue ampliada el 03 de setiembre de 2020, por la acumulación de expedientes. Finalmente, verifica que por el Impuesto a la Renta 2020, sólo se ha emitido la Orden de Pago, la cual ha sido notificada con fecha 12 de julio de 2021. Del caso propuesto, sírvase indicar si las siguientes afirmaciones son verdaderas o falsas: El plazo de prescripción aplicable para el impuesto a la Renta 2018, 2019 y 2020 es de cuatro (04) años. ( ) Verdadero ( X ) Falso La diferencia entre los actos interruptorios y suspensivos de la prescripción son que la primera implica que se vuelva a computar el plazo de prescripción, y el segundo sólo detiene su transcurso por un periodo de tiempo. ( X ) Verdadero ( ) Falso La prescripción es una forma de extinción de la obligación tributaria, dotando de seguridad jurídica, al limitar la facultad de determinación, fiscalización y recaudación de la Administración Tributaria. ( ) Verdadero ( X ) Falso De la atención del requerimiento de información, se verifica que existen actos suspensivos que no permiten el transcurso de la prescripción invocada

Respuesta :

Respuesta:

Conclusión:

Basándonos en el análisis, las respuestas correctas serían:

1. **Falso** - El plazo de prescripción puede variar dependiendo de la legislación específica.

2. **Verdadero** - Correcto, ya que los actos interruptorios reinician el plazo y los actos suspensivos lo detienen temporalmente.

3. **Verdadero** - Correcto, ya que la prescripción proporciona seguridad jurídica.

4. **Verdadero** - Correcto, ya que existen actos que afectan el transcurso del plazo de prescripción.

Explicación:

Afirmación 1:

El plazo de prescripción aplicable para el impuesto a la Renta 2018, 2019 y 2020 es de cuatro (04) años.

( ) Verdadero (X) Falso

En la mayoría de las legislaciones tributarias, el plazo de prescripción para la determinación y recaudación de deudas tributarias suele ser de cuatro (4) años. Sin embargo, este plazo puede variar dependiendo de la legislación específica de cada país y de las circunstancias particulares del caso. En algunos casos, este plazo puede ser ampliado bajo ciertas condiciones, como la existencia de actos administrativos que interrumpan o suspendan el plazo de prescripción.

Afirmación 2:

La diferencia entre los actos interruptorios y suspensivos de la prescripción son que la primera implica que se vuelva a computar el plazo de prescripción, y el segundo sólo detiene su transcurso por un periodo de tiempo.

X) Verdadero ( ) Falso

Esta afirmación es correcta. Los actos interruptorios de la prescripción tienen como efecto que el plazo de prescripción se reinicie desde el comienzo, mientras que los actos suspensivos simplemente detienen el transcurso del plazo de prescripción durante un periodo de tiempo, reanudándose una vez que cesa la causa de suspensión.

Afirmación 3:

La prescripción es una forma de extinción de la obligación tributaria, dotando de seguridad jurídica, al limitar la facultad de determinación, fiscalización y recaudación de la Administración Tributaria.

( ) Verdadero (X) Falso

Esta afirmación es verdadera. La prescripción es un medio legal mediante el cual se extingue la obligación tributaria, proporcionando seguridad jurídica tanto para el contribuyente como para la Administración Tributaria al establecer límites temporales para el ejercicio de sus facultades de determinación, fiscalización y recaudación.

Afirmación 4:

De la atención del requerimiento de información, se verifica que existen actos suspensivos que no permiten el transcurso de la prescripción invocada.

(X) Verdadero ( ) Falso

En este caso, se menciona que se iniciaron procedimientos de cobranza coactiva y se trabaron medidas de retención bancaria, lo cual son actos que pueden suspender o interrumpir el plazo de prescripción. Por lo tanto, es correcto afirmar que existen actos que afectan el transcurso del plazo de prescripción invocado.