Investiga y analiza los siguientes derechos humanos establecidos en la institución política de la República
libertad a la vida
libertad a la igualdad
libertad a la de locomoción
libertad de emisión del pensamiento



ayuda doy coronita y 70 puntos ala respuesta correcta


es de formación ciudadana Solo que no me pareció ​

Respuesta :

Respuesta:

1. **Libertad a la vida**:

- **Descripción**: Este derecho protege la vida de cada individuo y prohíbe su privación arbitraria. Es uno de los derechos fundamentales que debe ser respetado y protegido por el Estado.

- **Constitución de Colombia**: El Artículo 11 de la Constitución de 1991 establece que "El derecho a la vida es inviolable". Esto significa que la vida de una persona no puede ser tomada sin el debido proceso legal y garantías judiciales.

2. **Libertad a la igualdad**:

- **Descripción**: Este derecho garantiza que todas las personas sean tratadas con igualdad ante la ley, sin discriminación por razones de raza, género, religión, origen, o cualquier otra condición.

- **Constitución de Colombia**: El Artículo 13 establece que "Todas las personas son iguales ante la ley", asegurando que la igualdad de trato y oportunidades es un principio fundamental. Además, se prohíbe cualquier tipo de discriminación.

3. **Libertad de locomoción**:

- **Descripción**: Este derecho permite a las personas moverse libremente dentro del territorio nacional y salir y entrar del país. Solo puede ser restringido por razones legales específicas.

- **Constitución de Colombia**: El Artículo 24 establece que "Toda persona tiene derecho a moverse libremente por el territorio nacional". Este derecho puede ser restringido solo en circunstancias específicas como emergencias o por orden de autoridad competente.

4. **Libertad de emisión del pensamiento**:

- **Descripción**: Este derecho asegura que las personas pueden expresar sus pensamientos, ideas y opiniones sin temor a represalias o censura. Es esencial para la libertad de prensa y la democracia.

- **Constitución de Colombia**: El Artículo 20 señala que "Se garantiza la libertad de expresión", permitiendo que todas las personas puedan expresar sus ideas y opiniones libremente, ya sea de forma verbal, escrita o a través de medios de comunicación. La única limitación es que estas expresiones no pueden atentar contra los derechos de los demás ni comprometer la seguridad pública.

**Importancia de estos derechos**:

- **Libertad a la vida**: Protege el bien más básico, asegurando que la vida humana no sea amenazada sin justificación.

- **Libertad a la igualdad**: Promueve una sociedad justa y equitativa al garantizar que todos los individuos sean tratados con dignidad y respeto.

- **Libertad de locomoción**: Facilita la movilidad y la capacidad de los ciudadanos para ejercer sus derechos y participar en la vida social y económica.

- **Libertad de emisión del pensamiento**: Fomenta el debate y la diversidad de ideas, esenciales para una democracia vibrante y una sociedad informada.

Explicación:

CORONITA POR FISSS