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El artículo 41 de la Constitución Política de México establece la protección a los derechos de los ciudadanos en materia de seguridad social, mientras que el artículo 28 se refiere a la protección de los derechos de los consumidores.

A continuación, te presento algunas situaciones hipotéticas que podrían vulnerar los derechos protegidos por estos artículos:

*Artículo 41 (Seguridad Social)*

1. Una empresa privada no paga las contribuciones de seguridad social de sus empleados, dejándolos sin acceso a servicios médicos o pensión.

2. Un trabajador es despedido injustamente y no recibe su indemnización correspondiente.

3. Una persona con discapacidad es discriminada al solicitar un empleo o servicio de seguridad social.

4. Un pensionado no recibe su pensión en tiempo y forma.

*Artículo 28 (Protección al Consumidor)*

1. Una empresa vende productos caducados o en mal estado, poniendo en riesgo la salud de los consumidores.

2. Un proveedor de servicios (como una aerolínea o hotel) no cumple con las condiciones ofrecidas en su publicidad.

3. Un consumidor es engañado con información falsa sobre un producto o servicio.

4. Una empresa no proporciona información clara y precisa sobre los términos y condiciones de un contrato o servicio.