Escalas mayores y sus relativas menores
Adjuntar un archivo en PDF con las 15 y sus 15 escalas menores naturales.

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De conformidad con el Artículo 2 de la Resolución Directoral N° 1558-2007-AG-SENASA-DIAIA,

publicada el 02 enero 2007, se dispone que los plaguicidas químicos de uso agrícola registrados al

amparo del Decreto Supremo Nº 15-95-AG cuyos expedientes ya han sido presentados al SENASA

para revaluación y por tanto se encuentran en trámite, continúen con su registro vigente, hasta la

conclusión del proceso de Registro respectivo.

(*) De conformidad con el Artículo 3 de la Resolución Directoral N° 1558-2007-AG-SENASA-DIAIA,

publicada el 02 enero 2007, se prorroga la vigencia de los registros de los plaguicidas químicos de

uso agrícola registrados al amparo del Decreto Supremo Nº 15-95-AG, cuyos expedientes se

presenten en las fechas establecidas en el cronograma al que se hace referencia en el Artículo 1 de

la citada Resolución Directoral, hasta concluir el proceso de trámite respectivo.

Que, los plaguicidas químicos en general tienen una reconocida utilidad en la protección

de los cultivos y productos agropecuarios, del daño ocasionado por plagas; sin embargo, por su

naturaleza tóxica propia, representan serios riesgos para la salud y el ambiente cuando se

producen, comercializan, usan y manejan en condiciones no apropiadas, por lo que su

importación, fabricación/ formulación, distribución, comercialización, usos y disposición final

deben de ser regulados por el Estado en salvaguarda de la salud humana y del ambiente en

general

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